De qué se trataba: Artículo 75 del Acuerdo de Aplicación de Schengen
El punto de conflicto es una norma que sobre el papel parece clara. El artículo 75 del Acuerdo de Aplicación de Schengen permite a los viajeros llevar medicamentos estupefacientes prescritos a través de las fronteras internas de Schengen. La condición es contar con un certificado oficial de la autoridad sanitaria nacional del país de origen. Para las personas que reciben legalmente flores de cannabis prescritas en Alemania o República Checa, esto debería permitir viajar a Austria.
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En la práctica no funciona así. Austria no reconoce los certificados de Schengen para cannabis medicinal como documentos válidos, según denuncia ARGE CANNA. Los afectados reportan medicinas confiscadas y procedimientos penales iniciados, aunque tenían documentos válidos. Lo estrecha que es la situación para los pacientes se evidencia también en las fronteras. Austria se ha convertido en una isla prohibicionista entre Alemania y República Checa.
Qué respondieron el Parlamento y la Comisión
La petición con número de expediente 0491/2026 fue presentada en el Parlamento Europeo el 16 de febrero de 2026. La Comisión de Peticiones la declaró admisible y remitió el expediente para información a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia e Interior, así como a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública e Inocuidad de los Alimentos. Fue una victoria de etapa. La respuesta de fondo resultó decepcionante. El Parlamento se remitió a la competencia de los Estados miembros. No existe un marco jurídico armonizado para el cannabis medicinal en la UE, y como Austria prohíbe las flores de cannabis a nivel nacional, no veía posibilidad de intervención.
En paralelo corría la denuncia ante la Comisión Europea con número CPLT(2026)01016, también presentada el 16 de febrero de 2026. El objetivo era iniciar un procedimiento por incumplimiento contra Austria. La Comisión rechazó la solicitud. Su argumento: las normas de Schengen no establecen una lista de medicamentos específica. Un certificado solo prueba que existe una prescripción médica en el país de origen, pero no legaliza automáticamente la posesión en un Estado miembro que no ha autorizado el cannabis con fines medicinales.
La brecha que esta respuesta deja al descubierto
La Comisión ha respondido así una pregunta que hasta ahora se prefería dejar sin responder. El certificado de Schengen no es un pasaporte europeo para el cannabis medicinal. Solo documenta que existe una prescripción. Si la posesión permanece libre de culpa en el país de destino lo decide exclusivamente la ley nacional. Quien viaja con flores de Alemania a Austria continúa moviéndose en la zona de riesgo, independientemente de lo completos que sean los documentos. Esto coincide con lo que describimos en nuestra guía sobre viajar con cannabis medicinal.
Para el debate europeo, este es un hallazgo notable. El mercado interno cuenta con libertades de gran alcance para los medicamentos, pero para un grupo completo de principios activos la libre circulación termina en la frontera nacional. Los conflictos comparables entre la ley nacional de drogas y el derecho de la Unión no son nuevos. Ya la cuestión de la reclasificación del cannabis en la ONU y el procedimiento de Hungría ante el Tribunal de Justicia Europeo mostraron lo limitado del poder de las instituciones europeas aquí. Tampoco en Austria la situación legal permanece consistente, como se evidencia en las normas sobre flores de CBD en Austria.
Cambio de estrategia: de regreso ante los tribunales nacionales
La Comisión le dio a ARGE CANNA una pista: la vía jurídica pasa por los tribunales nacionales. Es exactamente ahí donde ahora se enfoca la organización. Respalda la demanda de Helena D., paciente de esclerosis múltiple, que lucha por el derecho al autocultivo de flores de cannabis. Ya informamos sobre su caso cuando la vienesa presentó su demanda.
El modelo es alemán. En Alemania, pacientes lograron el derecho al autocultivo ante la Corte Administrativa de Colonia, mucho antes de que el legislador reaccionara. Un precedente de este tipo en Austria tendría efecto de señal, porque somete la proporcionalidad de la prohibición nacional de flores a revisión judicial directa. La vía a través de Bruselas no queda así permanentemente bloqueada. Solo conduce, como sucede a menudo en el derecho de la Unión, a través de un procedimiento nacional y una posible remisión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo. El hecho de que expertos consideren el manejo actual del cannabis como inaceptable no es un hallazgo nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Qué regula el Artículo 75 del Acuerdo de Aplicación de Schengen?
La norma permite a los viajeros llevar medicamentos estupefacientes prescritos por médico para uso personal a través de las fronteras internas de Schengen. Se requiere un certificado autorizado por la autoridad competente del Estado de residencia. Generalmente es válido por un máximo de 30 días.
¿Puedo viajar a Austria con una receta de cannabis de Alemania?
Para flores secas no se recomienda. Según la información de la Comisión Europea, el certificado de Schengen no legaliza la posesión en el país de destino si este no ha autorizado esa forma farmacéutica. Austria continúa prohibiendo las flores de cannabis. Si quieres estar seguro, aclara la llevanza con antelación con la representación austriaca.
¿Por qué la Comisión Europea no inició un procedimiento por incumplimiento?
Porque no ve una violación del derecho de la Unión en la práctica austriaca. La normativa de Schengen no prescribe medicamentos específicos, argumenta la Comisión. La decisión sobre qué formas farmacéuticas están autorizadas corresponde a los Estados miembros.
¿Qué significa concretamente el cambio de estrategia de ARGE CANNA?
La organización traslada sus recursos de los procedimientos europeos a un procedimiento de prueba nacional. Respalda la demanda de una paciente de EM de Viena por derecho al autocultivo legal. El objetivo es lograr un precedente que haga judicialmente verificable la práctica prohibitiva austriaca.
¿Existe un marco europeo único para el cannabis medicinal?
No. El Parlamento Europeo en su respuesta confirmó explícitamente que no existe un marco jurídico armonizado. Autorización, regulación y financiamiento los regulan los Estados miembros por separado. Esto conduce a diferencias considerables dentro del mercado interior.
Fuentes: ARGE CANNA, Informe de transparencia „Nuestro combate a nivel de la UE“ del 19 de julio de 2026; Petición al Parlamento Europeo, Ref. 0491/2026; Denuncia ante la Comisión Europea, Ref. CPLT(2026)01016; Acuerdo de Aplicación del Convenio de Schengen, Artículo 75.





































